Carta de Carlos V a la villa de Medina del Campo por la cual da cuenta de su próxima
coronación imperial en Aquisgrán y que la villa continúe en la obediencia
del cardenal de Tortosa y del Presidente de la Chancillería

Bruselas, 1520, junio, 23
Manuscrito sobre papel / bifolio / firma autógrafa de Carlos V
Archivo de la Fundación Museo de las Ferias

15200623r
 15200623v

(f. 1r) (Cruz). El rrey. Conçejo, justiçia, rregidores, cavalleros, escuderos, ofiçiales e omes buenos de la villa de Medina del Canpo. Luego que llegamos a estas partes de Flandes, rescebí al muy rreverendo Cardenal de Tortosa, my gouernador desos rreynos, el bueno e próspero viaje que nuestro señor me dió al qual es[pecial]mente encargué que porque por muchas e grandes ocupaçiones que entonçes se me ofreçía, yo no os escrevía que el de mi parte os <lo> escreviese e hiziese saber. E así mismo el buen rreçibimiento que hallé en Ynglaterra de los sereníssimos Rrey e Rreyna della, mis muy caros e muy amados tíos e hermanos(sic), y del entrañable amor y perpetua hermandad e amistad que entre mi y el [rrey de] allí se estrechó, y de nuevo asentó por el plazer y alegría que como [bueno e fiel estaba] (…) se que abriades dello. Agora os hago saber que llegado a esta villa de Bruselas [mandé a] todos los estados destos mis señoríos para proveher lo que conviene por los [determinen] paz e sosiego y buen govierno de justicia y en ello se entiende con toda diligençia y (…) con la ayuda de nuestro Señor mediado el mes de setienbre en la çibdad Daques[gran] (…) para rreçebir allí la principal corona y tengo yo enbiadas letras convocatorias a los Príncipes Electores e a otras personas del Ymperio que para esto deven ser llamadas y no vbo lugar ni por de abreviar más el dicho tienpo, porque los dichos Príncipes Electores están apartados y lexos de la dicha çibdad espeçialmente el sereníssimo rrey de Bohemia, nuestro muy caro e muy amado hermano, que para la venida dellos, porque era menester, adereçarse segun se acostumbra. Era neçesario avn más largo tienpo y tanbién porque los dichos sereníssimos rreyes de Ynglaterra (…) a holgarse con nos y serán al más tardar en la nuestra çibdad de Brujas para los XXII de julio, donde demás del amor y amistad y a dicho que con ello tenemos, espero en nuestro Señor se consentyrán y asentarán entre my y ellos y el cristianíssimo rrey de Françia, tales cosas de que Dios sea seruido y la cristiandad rreçiba gran benefiçio y esos mis rreynos y todos los mis otros señoríos sean muy aprovechados y estén en toda paz e quietud y así mismo porque durante este tienpo esperamos aquí los enbaxadores de los Cantones de Çuiça y con ellos el muy reverendo Cardenal de Rroma, con los quales no dudamos fazer todo lo que convenga a nuestro servicio y rreçibir la dicha corona que como dicho es será al más tardar para todo el dicho mes de setienbre. Entendemos en dar horden y proveher con mucha prisa todas las otras cosas que convengan perder (…) dicho ynperio para el buen govierno de la justicia e conservaçión del por nos poder (…) y tornar en esos dichos nuestros rreynos que tanto estimamos por su nobleza e generosidad (…) quales entendemos se estar y bivir por tenerlos como los tenemos por fuerça prinçipal de nuestro estado rreal y seguridad de todos los otros nuestros rreynos y señoríos y entendemos en todo lo suso dicho con tanta diligençia cuydado e trabajo de nuestra rreal persona que tenemos por çierto y esperamos en nuestro Señor que seremos en esto dichos nuestros rreynos mucho antes del tienpo que en las Cortes que postreramente mandamos çelebrar en la çibdad de La Coruña diximos, ofreçimos e juramos a los procuradores de Cortes destos rreynos, acordamos de os lo mandar, escribir por el plazer e alegría que sabemos dellos rreçebireys para rrogaros y ro-

(f.1v) garos que durante nuestra tornada y buelta en esos nuestros rreynos, que plaziendo nuestro señor, será tan brebe como dicho avemos vosotros por nuestro seruicio esteys con toda paz e sosiego y os descays e cunplays los mandamientos del muy rreverendo Cardenal de Tortosa, nuestro gouernador, e del nuestro Presidente e Consejo e Chançillerías e de las otras nuestras justicias como sienpre aveys fecho y como buenos súbditos e vasallos soys obligados y si en ese pueblo o en otro ay alguna alteraçión, que será por siniestra ynformaçión de malas personas queriendo turbar la paz e sosiego destos rreynos y ponerlos en neçesidad por sus negoçios e pasiones particulares. Esperamos que vosotros con vuestra acostunbrada fidelidad e lealtad procurareys con todos buenos medios rreduzir e atraher a los del pueblo que conoscan la (…) de la buena voluntad e amor que tenemos a los dichos nuestros rreynos y lo qual podían bien ver por las mercedes en las dichas Cortes pasadas, les mandamos fazer cuya rrelaçión va con esta para que a todos (…) sea notorio y vean quien contrario de la verdad an sydo las ynformaçiones que les an fecho.

En Bruselas a XXIIII de junio de DXX años. Yo el rrey. Por mandado de su magestad. Francisco de los Covos.

(f.2v) (Cruz). Por el Rrey. Al conçejo, justiçia, rregidores, caualleros, escuderos, ofiçiales y onmes buenos de la villa de Medina del Canpo.

1520. Carta misiba a esta villa de Medina, por la qual (…) quenta el Enperador de su coronaçión y que se tenga en el ynterín que biene de Bruselas y ordena la obidiencia del Cardenal de Tortosa y del Presidente de la Chancillería. En Bruselas a 23 de junio de 1520. Francisco de los Couos. Nº 59.

Transcripción: Juan Carlos Moreno Moreno                                                                           Restauración Elisabet Monclús